Como alquilar vivienda en España
ALQUILER
Antes de firmar el contrato de alquiler de tu nuevo piso, el arrendador, es decir, su propietario, ha de mostrarte la escritura de propiedad de la vivienda y una nota simple del Registro de la Propiedad por si estuviera embargada o sufriera algún tipo de carga. Tras ello, habrás de pactar las condiciones durante el tiempo que vivas en la vivienda como arrendador. Estas son las cuestiones a tener en cuenta:
Precio.- Aunque en principio los precios no son negociables, si tienes un buen perfil, es decir, una buena estabilidad laboral e ingresos, podrás contraofertar.
Qué incluye la renta mensual?.- En el contrato de arrendamiento debe quedar claro qué gastos: Comunidad, calefacción central, alta de luz, gas, teléfono, etc., basura o IBI (Impuestos de Bienes Inmuebles) entran dentro de la mensualidad y cuáles no. Normalmente, los gastos de comunidad, IBI, y tasa de basura, son asumidos por los propietarios.
Duración del contrato.- La ley fija que se pacte libremente entre propietario e inquilino y, por lo general, se acuerda en un año pero, el inquilino tendrá derecho a prorrogar esta duración hasta completar un período de cinco años. Las prórrogas se realizarán automáticamente si no se manifiesta por parte de alguno de los contratantes su decisión de finalizar el contrato. El propietario solo podrá poner fin a estas prórrogas forzosas hasta los cinco años si necesita la vivienda para sí mismo y, por ello, debe constar en el contrato esa posibilidad.
Tras finalizar los cinco años, el contrato se extenderá automáticamente durante otros tres años.
Fianza, garantías y avales.- El propietario es libre de pedir una o varias mensualidades e, incluso, aval bancario, para formalizar el contrato.
Alta de los servicios.- Cuando la vivienda es nueva hay que dar el alta a los suministros de agua, electricidad, gas, etc., y habría que pactar quien abona los gastos de conexión de estos servicios ya que supone un fuerte desembolso.
ALQUILER VIVIENDA PÚBLICA- COMUNIDADES AUTÓNOMAS.
En las Comunidades Autónomas hay una serie de viviendas en régimen de alquiler que gestionan los Institutos Municipales de Vivienda.