Сómo realizar el canje del carnet de conducir ucraniano por el español
Convenio hispano-ucraniano de fecha 28 de septiembre de 2010 (Entrada en vigor 31.10.2.2010)
EL CANJE DE CARNET DE CONDUCIR SOLO LO PUEDEN SOLICITAR aquellos que tengan el permiso ucraniano de conducción antes de la obtención de residencia en España, es decir, que si un ciudadano ucraniano con residencia en España, vuelve a Ucrania de vacaciones y obtiene el carnet de conducir, NO ES CANJEABLE POR EL ESPAÑOL.
En primer lugar se debe solicitar CITA PREVIA a través del teléfono 060 o bien, por medio de la Sede Electrónica de la Dirección General de Tráfico indicando la Jefatura Provincial de Tráfico donde vaya a realizar la tramitación.
La solicitud de cita previa autoriza el inicio del expediente para efectuar el canje pero, su autorización, estará siempre supeditada a que se confirme la validez del permiso de conducir por parte del organismo ucraniano que lo hubieran expedido.
Solicitud en impreso oficial que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico y en la página Web de la DGT (www.dgt.es)
• https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/modelos-solicitud/03/Mod.03-ES.pdf
DOCUMENTOS REQUERIDOS
• NIE
• Empadronamiento.
• Permiso de conducir de Ucrania, original en vigor y fotocopia.
• Certificado médico expedido por un centro de reconocimiento médico de conductores.
• Fotografía de 32x26
• Talón foto (Se facilita en la Jefatura de Tráfico)
• Declaración por escrito de no se le haya retirado el permiso de conducir por resolución judicial.
• Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso de conducir español o de cualquier otro país de la Unión Europea.
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Para ciudadanos ucranianos bajo PROTECCIÓN TEMPORAL:
Los permisos de conducción válidos expedidos por Ucrania se reconocerán en el territorio de la Unión cuando sus titulares gocen de protección temporal o de protección adecuada en virtud del derecho nacional de cada Estado Miembro y de conformidad con la Directiva 2001/55/CE y la Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 hasta el momento en que deje de aplicarse la protección temporal.
No se exigirá la presentación de su traducción jurada ni del permiso de conducción internacional.
Podrán beneficiarse de esta medida nacionales ucranianos, apátridas y nacionales de terceros países distintos de Ucrania residentes en aquel país antes del 24 de febrero de 2022 y sus familias, así como nacionales ucranianos residentes en España (incluidos aquellos cuya estancia fuese irregular) antes del 24 de febrero de 2022 y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.
De acuerdo al Reglamento (UE) 2022/1280 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2022 por el que se establecen medidas específicas y temporales, habida cuenta de la invasión rusa de Ucrania, si se desea canjear el permiso de conducción ucraniano por un permiso de conducción español se deberá pedir cita de canje (a través del teléfono 060, o en sede electrónica www.dgt.es, solicitud de cita canje UA). La residencia se acreditará a través del resguardo de la presentación de la solicitud de protección temporal o de la documentación entregada al resolver la misma, así como la tarjeta de residencia (TIE).
- Si presentan resguardo de solicitud de protección temporal o su resolución, será necesario para la realización del canje que hayan transcurrido 6 meses desde su fecha de expedición o desde la fecha de su entrada en España acreditada.
- En el caso de presentación de la tarjeta de residencia, para la tramitación del canje, no es necesario que transcurra el plazo de 6 meses desde su expedición al que se refiere el artículo 22.2 del Reglamento General de Conductores.
Será necesaria la verificación del permiso para poder tramitar el canje
En el caso de titulares de permisos de conducción ucranianos, con residencia en España anterior al 24 de febrero de 2022, serán de aplicación los mismos requisitos, salvo la documentación que deben presentar para acreditar la residencia que seguirá las pautas generales de canjes de permisos de conducción de terceros países.